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Litoral S.A. invita a sus clientes a informarse sobre el subsidio eléctrico entregado por el estado a familias de escasos recursos



Para comprender como opera el subsidio eléctrico lo invitamos a leer el siguiente texto:

1. ¿Quién otorga el subsidio eléctrico?

El subsidio lo otorga el Estado de Chile.

2. ¿Cómo se regula el subsidio eléctrico?

El Decreto Supremo N° 208 del 13 de julio de 2005 del Ministerio de Hacienda, es el texto legal que establece un subsidio transitorio al pago del consumo de energía eléctrica y fija monto mensual, duración, beneficiarios, procedimiento de concesión y pago y demás normas necesarias para su implementación.

3. ¿A quién se otorga el subsidio?

A aquellos usuarios residenciales de escasos recursos que en su ficha de familia tengan un puntaje de hasta 590 puntos al 31 de mayo de 2005, que sean informados por la Superintendencia de Electricidad y Combustibles (SEC) a la empresa y que tengan sus boletas de consumo eléctrico al día.

4. Un cliente, ¿puede pedir el Subsidio directamente a la Empresa?

No, los beneficiarios al subsidio son informados a la empresa por la Superintendencia de Electricidad y Combustibles (SEC), no pudiendo la empresa otorgar subsidios en forma directa.

5. ¿Cómo opera el subsidio?

Los beneficiarios a subsidio informados por la SEC son cotejados con los clientes de la empresa, los registros que coincidan tienen aplicación inmediata. Los que no coincidan recibirán una carta con la que deberán concurrir a la empresa para contrastar datos. Si los datos (dirección, nombre y rut) cuadran se ingresan para subsidio, de lo contrario se informará a la SEC para su definición.

6. ¿El subsidio es en dinero efectivo?

No, el subsidio se aplica como un descuento en la boleta de consumo

7. ¿Cuál es el período de aplicación de este subsidio?

El subsidio se aplicará desde el día 13 de junio del año 2005, hasta el día 31 de marzo del año 2006, ambas fecha incluidas.

8. En mi casa hay dos familias, puedo acceder a 2 subsidios?

Si, siempre que la SEC haya informado a los 2 jefes de familia, se aplicarán 2 subsidios en una misma cuenta.

9. ¿Cómo sabré que la Compañía esta aplicando el subsidio en mi boleta?

En el caso de clientes beneficiarios se indicará en su boleta la glosa “SUBSIDIO LEY N° 20.040” y el monto en pesos asociados.

10. Tengo menos de 590 puntos en mi ficha CAS y no tengo subsidio. A quien puedo recurrir para obtenerlo?

En este caso, usted debe concurrir a su Municipalidad o a la SEC, la empresa no tiene facultades para aplicar el subsidio directamente.

Para mayor información diríjase a nuestras oficinas comerciales ubicadas en:

Oficina Dirección
Algarrobo Av. Peñablanca 540
El Quisco Av. Isidoro Dubournais ·390
El Tabo Baquedano 1344,




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